Lacontroversia surge cuando alg煤n vecino quiere instalar un ascensor, ya que esto implica un desembolso significativo, oscilando entre 12.000 y 35.000 euros seg煤n las caracter铆sticas del
Obligatoriedadde cumplir con la normativa. La obligatoriedad de cumplir con la EN 81-41 depende de cada Comunidad Aut贸noma, por ejemplo en Catalunya es obligatorio. De modo que hay comunidades donde es posible instalar un elevador en una comunidad de vecinos; mientras que en otras CCAA la 煤nica soluci贸n es instalar un ascensor o bien
Convocatoriade ayudas econ贸micas para obras de accesibilidad a los edificios: Las actuaciones objeto de ayuda son: a) La colocaci贸n de ascensores nuevos o modificaciones en ascensores existentes. b) Eliminar barreras arquitect贸nicas para facilitar la accesibilidad a las comunidades de vecinos y a la vivienda, siempre que se trate de elementos
LANORMATIVA LEGAL DICE:-Instalaci贸n ascensores edificios antiguos: Para poder instalar ascensor en comunidad, ser谩 necesario que las 3/5 partes de propietarios solventes de la finca voten a favor de la obra, eso obliga a todos los vecinos a pagar.-Pero en el caso que alguno de los vecinos tenga movilidad reducida o sea mayor de 70 Lanormativa sobre ascensores que se establece en la legislaci贸n espa帽ola y trata las obligaciones de una comunidad de vecinos para instalar un nuevo ascensor se resume en los siguientes apartados: La Normativa EN81-70 de 2004 , que regula las directrices a seguir para instalar ascensores accesibles para usuarios con Lacolocaci贸n de un ascensor en una comunidad de vecinos no puede ser obligatoria si no existe una normativa espec铆fica que as铆 lo especifique. En general, las comunidades pueden decidir si desean o no instalar un ascensor, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley. En algunos casos, la legislaci贸n puede Cadavez es m谩s habitual que las comunidades de vecinos se encuentren con problemas de accesibilidad y la existencia de barreras arquitect贸nicas en sus edificios. Adem谩s, es muy probable que en ellas residan personas mayores y/o usuarios con movilidad reducida. En este sentido, aunque el ascensor de la comunidad se encuentre adaptado,
MedidasRequeridas para poner el ascensor. Hoy en d铆a podemos encargar el ascensor con la medida exacta que precisemos, no obstante, tenemos que cumplir la normativa legal: - El Ascensor debe medir 1.00 m. x 1.25 m., pero si en la comunidad viven vecinos de poca movilidad o postrados en una silla de ruedas las medidas m铆nimas son 1.10 m. x 1.
Eneste sentido, la Comunidad de Madrid cuenta con una regulaci贸n espec铆fica para los ascensores, con el fin de asegurar el correcto funcionamiento y mantenimiento de estos dispositivos en edificios y comunidades de vecinos. En este art铆culo, se abordar谩 la normativa de ascensores de la Comunidad de Madrid, su importancia en la seguridad y Mj9Jrw.